El Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex) modificó el artículo 26 de la Provindencia 011 en la que se fraccionaba el cupo electrónico en tres partes y se mantendrá en $300 para ser utilizados durante todo el año.
“El Centro Nacional de Comercio Exterior (Cencoex), podrá autorizar hasta un monto máximo de Trescientos Dólares de los Estados Unidos de América ($300) o su equivalente en otras divisas por año, es decir, en el período comprendido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre, a cada usuario, para el pago de consumos de bienes y servicios efectuados con tarjetas de crédito mediante operaciones de comercio electrónico con proveedores en el exterior, deducible del monto máximo según lo establecido en el artículo 2 de la Providencia Nº 011, de acuerdo al siguiente cuadro, autorizando así el consumo de trescientos dólares de los Estados Unidos de América (USD 300) una vez al año“, es el nuevo artículo de 26.
El cambio fue publicado en la página web del Cencoex. Con esta modificación los tarjetahabientes seguirán contando con el cupo de $300 para ser usado en el plazo de un año calendario, no acumulable.
La comunicación del Cencoex agrega que “salvo lo expresamente establecido en la cláusula primera del presente instrumento, todos los demás términos y condiciones de la Providencia Nº 011 de fecha 09 de abril de 2015 continúan en plena vigencia y efecto sin modificación alguna”.
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